El presidente, Daniel Noboa, declara el estado de excepción en las provincias de: Pichincha, Cotopaxi, Tungurahua, Chimborazo, Bolívar, Cañar, Azuay, Orellana, Sucumbíos y Pastaza, por la causal de “grave conmoción interna”.
La suspensión de la libertad de reunión de las personas consiste en limitar la conformación de aglomeraciones en espacios públicos durante las veinticuatro horas del día.
En tal sentido, las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional quedan facultadas para impedir y desarticular reuniones en espacios públicos donde se identifiquen amenazas a la seguridad ciudadana, así como al orden constituido, o paralización de servicios públicos o sectores.
